Por María Teresa González Osorio
(2ª y Última parte)
En el ámbito de la psicología educativa ¿Cuáles serían las repercusiones de llevar a cabo el código ético del psicólogo? Sin duda la pregunta pudiera parecer a simple vista vacua, sin embargo, en la práctica nos encontramos con múltiples ejemplos en donde el psicólogo tiene que discernir entre su práctica laboral y la ética, pues no siempre van de la mano.
Los principios éticos de los psicólogos son las aspiraciones o ideales de cómo debe conducirse éste, el cual será en base a los principios éticos universales. No se trata pues de criterios morales sino de criterios que van más allá de creencias personales como: la justicia, la libertad, la honestidad y la verdad.
La ética en este aspecto trata de evaluar la objetividad de las acciones de las personas. Son criterios universales que pueden ser considerados para cualquier ser humano. A diferencia de la moral que se basa en los criterios culturales o sociales de un determinado grupo. Así, lo que es “bueno” para una sociedad no lo es necesariamente para otra. En cambio la ética es entendida como -ya mencioné- principios universales.
Es importante también señalar el significado de la Deontología pues está relacionada con la ética. La primera se ocupa de los deberes del psicólogo. Para Chamarro significa “adoptar el punto de vista del psicólogo”. En cambio la Ética es ocupa de las necesidades y de los derechos de los clientes. “Adopta el punto de vista del cliente” ( Chamarro, Andrés; Albert Gayá y otros. 2007).
Siguiendo con estos mismos autores, se incluye un nuevo concepto llamado Psicoética el cual es una disciplina con identidad propia, la cual se refiere a la ética de la práctica psicológica.
“Su objetivo es estudiar y reflexionar los dilemas éticos que se producen en la práctica profesional de los profesionales de la salud mental” (Op. Cit. p. 18).
Tiene ante todo el compromiso de respeto a la dignidad humana; ejerciendo para ello ciertos principios:
a) El de la beneficiencia
b) De la no maleficiencia
c) De la autonomía
d) De la justicia.
Ante dilemas que el psicólogo se enfrente, su pregunta será ¿Cuál es la actuación más ajustada a la ética profesional?
Pongamos un caso concreto, qué pasaría si un psicologo educativo que es contratado por una escuela tiene que realizar pruebas valorativas a un alumno que presenta algún problema? ¿Qué tiene que tomar en cuenta el psicólogo? Considero que ante todo, el uso adecuado de las herramientas evaluativas válidas y confiables que garanticen su trabajo profesional. Al respecto, el Código ético del Psicólogo menciona en su Art. 17 “El psicólogo que administra, califica, interpreta o usa técnicas de valoración se cerciorará de que éstas se basan en datos sólidos que garanticen la confiabilidad, validez y normas, así como la aplicación apropiada para usos de las técnicas y/o instrumentos que emplea. Asimismo, toma decisiones, reconociendo los límites de la certidumbre con la que es posible diagnosticar, emitir juicios o hacer predicciones acerca de individuos o grupos”.
Por otro lado y siguiendo con el ejemplo, ¿Será imprescindible que el psicólogo rinda un informe en donde incluya información que le fue dada por los padres del hijo de manera confidencial aún sabiendo que dicha información resultaría útil a la institución? ¿Qué debe hacer en este caso el psicólogo educativo que ha sido empleado por la institución? Este es uno de los tantos casos a los que se puede enfrentar el profesional de esta área.
Observemos otro ejemplo, un psicólogo educativo tiene la encomienda de la Institución para quien fue contratado, de realizar ciertoas evaluacions a un grupo de adolecentes indígenas que han cursado el nivel elemental (primaria) en su comunidad rural y han sido becados para continura con sus estiudios en la escuela secundaria urbana; el Director del plantel desea conocer ciertos aspectos cognitivos de los niños becados. De esa prueba depende si los niños entran a esa escuela o no. ¿Qué debe tomar en cuenta el psicólogo educativo? ¿Que será lo éticamente correcto? Para dilucidar estas interrogantes es necesario que el psicólogo educativo conozca sus alcances y sus limitaciones. No basta con ser un experto técnico ante pruebas psicométricas. El Art. 18 señala a la letra: “El psicólogo identifica situaciones en las que ciertas técnicas de valoración o normas no son aplicables o requieren de ajustes para su administración o interpretación. Debido a factores tales como el género, la edad, la raza, el origen étnico(…) o nivel socio económico de los individuos o grupo, no emplea técnicas o instrumentos solamente traducidos de otro idioma y/o cuyos datos acerca de la construcción, adaptación, validez, confiabilidad, estandarización, y/o investigación de resultados se hayan determinado con base a estudios en poblaciones diferentes a la que pertenezcan los individuos a los que pretenda valorar”.
La Sociedad Mexicana de Psicología en su Código Ético del Psicólogo, estipula en su capítulo 2, “La calidad del trabajo desempeñado por el psicólogo”; en dicho capítulo se analizan cuatro grandes rubros:
Competencia y honestidad del psicólogo.
Calidad de la Valoración y/o Evaluación Psicológica.
Calidad de las Intervenciones Psicológicas.
Calidad de la Enseñanza/Supervisión e Investigación
Es importante estar atentos a estas implicaciones: Con ello, la Ética y la Deontología nos permitirán guiar el quehacer psicológico frente a las situaciones que se presenten en la escena laboral.
Quiero agregar también un aspecto importante que la American Psychological Association (APA) ha emitido y que ha llevado a modificar el Código de Ética ya que proporciona una orientación más clara a los psicólogos con respecto a sus obligaciones éticas cuando surgen conflictos entre la ética psicológica y la ley o la ética y las exigencias de la organización. La APA dice: “Bajo ninguna circunstancia, las normas pueden utilizarse para justificar la violación de los derechos humanos” (APA, aprobado en junio, 2010).
A continuación presento los dos estándares éticos modificados:
“1.02, Los conflictos entre la Ética y la Ley, Reglamentos, u otra Autoridad Estatal competente
Si las responsabilidades éticas de los psicólogos entran en conflicto con la ley, reglamentos, u otra autoridad estatal competente, es de los psicólogos aclarar la naturaleza de la conducta, dar a conocer su compromiso con el Código de Ética y tomar las medidas razonables para resolver el conflicto en consonancia con los principios generales y normas éticas del Código de Ética. En ningún caso esta norma se utiliza para justificar o defender a violar los derechos humanos.
“1.03, Los conflictos entre la Ética y demandas Organizacionales
Si las exigencias de una organización con la que los psicólogos están afiliados o para los que están trabajando se encuentran en conflicto con este Código de Ética, es de los psicólogos aclarar la naturaleza del conflicto, dar a conocer su compromiso con el Código de Ética, y tomar las medidas razonables para resolver el conflicto en consonancia con los Principios Generales y Normas Éticas del Código de Ética. En ningún caso esta norma se utiliza para justificar o defender a violar los derechos humanos.” (APA, aprobado en junio, 2010).
Para concluir, considero que nuestros actos como personas y como profesionistas debe ante todo circunscribirse a una responsabilidad individual y social y, ello implica en todo momento vivir los principios universales de la humanidad: Libertad, honestidad, verdad y justicia, más allá de los paradigmas culturales. Como dice Chamarro: “No todo lo que es técnicamente posible, es éticamente correcto.”
“La eticidad no es otra cosa que la orientación o prescripción del desarrollo de la humanidad en todas sus dimensiones; por eso su fin trascendental es el aprecio e impulso del ser humano en cuanto humano”. Con esas palabras de Carlos de la Isla, quizá sea ya tiempo de recobrar nuestra Humanidad y terminar con la barbarie del Siglo XXI en que vivimos.
Referencias bibliográficas
Albert Gayá, Lidia; Chamarro Lusar, Andrés; Juan Linares, Eva; Lladó i Contijoich Nuria; Romero Rodríguez, Juan; y otros. Ética del psicólogo, 2007, Editorial UOC, Barcelona. Recuperado en internet en: http://books.google.com/books?id=MM2Gro2Q1WsC&printsec=frontcover&dq=%C3%89tica+y+psicolog%C3%ADa&hl
American Psychological Association, El código de Ética. Recuperado en: http://maspsicologia.com/2010/05/cambios-en-codigo-de-etica-apa/
Aspectos de la ética profesional, Coordinador de la red y de la publicación: Carlos Gallardo, 2010. Recuperado en: http://pensardenuevo.org/etica-profesional-en-la-red/
De la Isla, Carlos, El concepto de Hombre y de la Ética. Recuperado en:
http://biblioteca.itam.mx/estudios/60-89/79/CarlosdelaIslaElconceptodehombre.pdf
Sociedad Mexicana de Psicología. Código ético del psicólogo. Recuperado en: http://sociedadmexicanadepsicologia.org/index.phpoption=com_content&view=article&id=97&Itemid=97